miércoles, 10 de diciembre de 2008

En los 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos

* Clipping: CRIN
"VIOLENCIA: ¿Misión imposible? En busca de un Representante Especial del Secretario General"

"Han pasado dos años desde que el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños diera a conocer la magnitud de este problema a escala mundial y todavía estamos esperando que la ONU designe a un Representante Especial para este tema.

En 2006, el estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños puso en manifiesto que las repercusiones de esta violencia a corto y largo plazo son devastadoras: lesiones, discapacidades, problemas emocionales y psicológicos para toda la vida, y en algunos casos incluso la muerte, además de crear considerables costes económicos para la sociedad. El estudio presenta una serie de recomendaciones para prevenir y enfrentar este problema.

Además, el estudio recomendó que los gobiernos designaran un Representante Especial del Secretario General (SRSG, por sus siglas en inglés) para el tema de la violencia contra los niños cuya labor consistiría en “actuar como promotor mundial prominente de los derechos del niño para impulsar la prevención y poner fin a todo tipo de violencia contra niños, niñas y adolescentes”.

Un silencio ensordecedor

A pesar de la presión impuesta por las ONG y de la fuerza de una resolución de la Asamblea General, la imprescindible designación sigue en veremos.Los niños tienen que esperar.

Durante el proceso, el Grupo Consultivo de ONG, al igual que las demás ONG, hicieron una representación directa ante la oficina del Secretario General sobre las cuestiones relacionadas con la designación del Representante Especial incluyendo dentro de los términos de referencia, el lugar de su oficina y el nivel de dicho puesto.

En mayo 2008, CRIN le pidió a todos aquellos que habían firmado la petición de 2007 que le escribieran al Secretario General para pedirle, una vez más, que designara un Representante Especial. De nuevo, silencio.

Al celebrarse la sesión 63° de la Asamblea General de la ONU, ciertas fuentes han sugerido que se han realizado entrevistas por parte de un grupo de expertos, entre ellos algunos representantes de la oficina del Secretario General de la violencia contra los niños, de la oficina del Representante Especial para la niñez y los conflictos armados y de UNICEF. De las personas entrevistadas se han escogido tres que serán entrevistadas por el Secretario General. Aparentemente, muy pronto se haría el anuncio.

Mientras tanto, la Asamblea General se encuentra debatiendo la resolución de los derechos del niño para este año. El lenguaje utilizado en el borrador de la resolución del tercer comité muestra la indignación que existe con respecto a la designación del RESG, o la falta de designación en este caso. Existe una “gran inquietud por la demora en la designación del nuevo Representante Especial en violencia contra los niños, como lo había solicitado la Asamblea General en su resolución 62/141. Se le pide al Secretario General que cumpla con la petición y que adopte medidas urgentes para designar, de acuerdo con la resolución, a un Representante Especial del más alto nivel posible y sin más demora”.

No más excusas

Ya es hora de que el Secretario General actúe. Como alguna vez dijo el profesor Pinheiro “Tenemos que dejar de buscar excusas y responder al llamado de los niños por un mundo libre de violencia… no hay excusa para la falta de acción. Se trata de una situación de urgencia que debe tratarse como tal. Tenemos que demostrarles a nuestros hijos que somos capaces de cumplir con nuestro compromiso si queremos que ellos hagan lo mismo. Y no tendrán que esperar a ser adultos para ver como cumplimos con nuestro compromiso. La realidad puede y debe cambiar ahora."

Información adicional
- La carta al SG ONU: http://www.crin.org/docs/SRSG_letter_sp[1].doc
- La petición: Un llamado internacional para poner fin a la violencia contra los niños, niñas y adolescentes
- Resolución de la Asamblea General (en inglés):
http://www.crin.org/Law/instrument.asp?InstID=1214"

Fuente: CRIN

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